El siguiente informativo ha sido extraido de www.academicosucm.cl (pagina web del Sindicato de Academicos UCM):
A nuestros socios y socias informamos que:
- ESTA MAÑANA SE HA SOLICITADO ANTE INSPECCIÓN DEL TRABAJO SU INTERMEDIACIÓN A TRAVÉS DE LOS "BUENOS OFICIOS", MECANISMO QUE PERMITE CONTINUAR LAS CONVERSACIONES ENTRE LAS PARTES CON UN MEDIADOR.
- ESO AUTOMÁTICAMENTE DEJA FUERA LA ALTERNATIVA DE LA HUELGA, MIENTRAS DURE ESTA MEDIACIÓN.
- EL LUNES 12 A LAS 10:00 HRS. TENDREMOS LA PRIMERA REUNIÓN EN LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO.
Por lo tanto, ese día y los siguientes las actividades académicas se desarrollan en total normalidad, hasta nuevo aviso.
La mediación Es una instancia de solución de los conflictos colectivos del trabajo que tiene lugar dentro del proceso de negociación colectiva, que consiste en acercar aquellas diferencias que parecen irreconciliables entre trabajadores y empleadores, para que con la orientación y sugerencia de un tercero imparcial se produzca a la mayor brevedad un acuerdo satisfactorio.
Este mecanismo es altamente recomendable cuando ha transcurrido un lapso significativo sin que las posiciones de las partes se hayan ido uniformando.¨
Por ello, la mediación sólo puede tener lugar en cualquier momento de la negociación colectiva. Las partes designan un mediador que deberá ajustarse al procedimiento que señalen las partes. Si las partes omiten señalar el procedimiento al cual debe regirse el mediador, éste tendrá un plazo máximo de diez días para desarrollar su gestión. Para desarrollar su gestión él puede acopiarse de todos los antecedentes contables, laborales, tributarios y documentales necesarios para su desempeño, como, asimismo, puede asesorarse de organismos públicos o de expertos en ciertas materias.
Si transcurren los diez días y no se ha logrado acuerdo, debe convocar a las partes a una audiencia, en donde las partes deben formalizar su última proposición de contrato colectivo; el mediador presenta a las partes una propuesta de solución, a las que las partes deben dar respuestas dentro de tres días. Si ambas partes o una de ellas no acepta la proposición del mediador o no diese respuesta en el plazo de tres días, el mediador pondrá término a su gestión, presentando a las partes un informe, en donde se deja constancia de su proposición y de la última proposición de cada una de las partes, o sólo de la que la hubiese hecho.
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